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DERECHOS HUMANOS

1 de junio de 2022

Audiencia por Monseñor Ponce de León

ARGENTINA:
Este miércoles 1 de junio, en los Tribunales Federales de Rosario, Provincia de santa Fe, se llevó a cabo la audiencia sobre la causa Ponce de León.

Recordamos que El 11 de julio de 1977 moría monseñor Carlos Ponce de León en un sospechoso accidente automovilístico cuando se dirigía a la Capital Federal para llevar documentación a la Nunciatura Apostólica sobre secuestros y torturas de los que tenía conocimiento en San Nicolás y Villa Constitución.

En la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario tuvo lugar la audiencia donde  presentó su investigación el ingeniero y licenciado en Accidentología Vial, Oscar Geretto. Este perito es uno de los mayores expertos del país en reconstrucción de accidentes viales con medios informáticos. En su investigación demuestra que es mecánicamente imposible que el choque en el que murió el obispo haya sido como se declaró en su momento.

Recordemos también que la causa ha sufrido en distintas instancias muchas irregularidades incluyendo los rechazos a la nulidad de la sentencia de 1978 donde se determinó que la causa de la muerte del Obispo Ponce de León había sido un accidente automovilístico.

Irregularidades en la causa provincial

En esa línea, el MPF enumeró una serie de irregularidades en el expediente que tramitó en el fuero local. A saber:

a) Que no se había practicado, luego de la muerte de la víctima, un examen médico externo del cadáver por parte del Médico de Policía o Perito Médico Forense, como para determinar evidentes las causas de la muerte que desaconsejaran practicar la correspondiente autopsia.

b) Que no se agregó certificado médico alguno que estableciera las causas de la muerte de la víctima, sino solo un supuesto “testimonio” de la historia clínica de la “Clínica San Nicolás”.

c) Que la autoridad preventora entregó los vehículos secuestrados y efectos que había en sus interiores e inmediaciones del supuesto accidente, sin que la instrucción judicial realizara reparo alguno ni que se acreditara la propiedad o derecho sobre éstos mediante la agregación de copias debidamente certificadas en la causa de la documentación que probara tal extremo.

d) Que no se practicó pericia accidentológica por parte de perito policial en dicha especialidad, ni de Perito Ingeniero Mecánico del Poder Judicial que estableciera en forma fehaciente e inequívoca o aún presuntiva, la mecánica del siniestro

e) Que no se practicaron diligencias para establecer si la ausencia de huellas de frenadas de la camioneta en el asfalto se debió a motivos naturales, casuales o intencionales

f) Que no se recabó información a los fines de dar con las personas que hubieran sido testigos directos del hecho que se investigaba, algo que era determinante a efectos de establecer como había acontecido el suceso. Sobre este punto en particular, los fiscales destacaron que, respecto del acompañante del obispo, el juez penal a cargo de la Instrucción sólo cumplió con la formalidad de librar una “orden de paradero”, la cual nunca fue contestada ni requerida su contestación o informe acerca de las diligencias practicadas para dar con él; que tampoco se ordenó diligencia alguna para dar con el colectivo descripto por el imputado Luis Antonio Martínez en su declaración indagatoria, el cual se habría detenido imprevistamente sobre su marcha y motivado la frenada que ocasionara el accidente, diligencia que podrían haber suministrado testigos del evento; tampoco se realizó pesquisa alguna para dar con las personas que -en una camioneta- habrían trasladado a Ponce de León y Víctor Oscar Martínez hasta el Hospital de Ramallo para ser atendidos, quienes habrían sido las primeras en llegar al lugar del accidente y podrían haberlo presenciado.

g) El juez no interrogó a Luis Antonio Martínez (imputado) acerca de los motivos por los que contestó que nunca había sido sometido a proceso alguno, cuando previo a la indagatoria judicial y su ampliación, constaba en el informe de antecedentes que resultaba imputado en una causa en el año 1974 también por el delito de homicidio culposo.

Hoy,  con la presentación de la investigación del Experto Oscar Garetto se abre un nueva posibilidad para la reapertura de la causa.

El tribunal de la sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario fue presido por el Dr. Guillermo Toledo y los vocales Dra. Elida Vidal y el Dr, Fernando Barbará.

De la Audiecia participaron Juan Murray, auxiliar de la fiscalía de Lesa Humanidad de la fiscalía de Rosario; Adolfo Villate, Fiscal responsable de la fiscalía de Lesa Humanidad; Evangelina Lardone y Santiago Bereciartua, abogados de la secretaría de DD.HH de la Nación.

Ellos reafirmaron el pedido de que se vuelva a investigar las causales de la muerte de Monseñor Carlos Horacio  Ponce de León en el marco del terrorismo de Estado, basándose en las pericias accidentológicas presentadas hoy por el Ing. Oscar Garetto.

Adriana Pesci, integrante de la Comisión Ponce de León expresó:

“estamos muy conformes porque la exposición fue brillante, veremos que pasa, hay que esperar”

Después de una Jornada donde los integrantes de la Comisión que participaron de la audiencia consideran satisfactoria por lo expuesto, se queda a la espera de lo que el Tribunal Federal de Rosario resuelva.

 



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