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DERECHOS HUMANOS

22 de febrero de 2022

Decisiones de jueces en caso Guapinol comprometen internacionalmente al Estado hondureño

HONDURAS:
El caso de los defensores de Guapinol está en la agenda de los organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, porque cumple todos los patrones sistemáticos de persecución, amenazas y violencia, además, los defensores han sido víctimas claras del mal uso del sistema judicial en Honduras, explicó en Radio Progreso el abogado Camilo Sánchez, de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos de la Universidad de Virginia en Estados Unidos.

Esta clínica jurídica integra el Observatorio Justicia para Guapinol, una coalición de instituciones y organizaciones defensoras de derechos humanos en Honduras y otros países que, se unieron para monitorear técnicamente el caso de los 8 defensores de los ríos Guapinol y San Pedro, porque evidentemente se han violado las garantías constitucionales y procesales en dicho caso.

Entre las organizaciones que integran la coalición está la Federación Internacional de Derechos Humanos, las Clínicas de la Universidad de Virginia en Estados Unidos y Ottawa en Canadá, así como el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación Eric-sj.

Para el abogado Camilo, existe un carrusel de decisiones arbitrarias por parte de los jueces y fiscales encargados de procurar justicia. “La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dice que hay una detención arbitraria y devuelve el caso para que liberen a estas personas. La Fiscalía debería de apersonarse al Tribunal de Sentencia de Trujillo en obediencia a la Corte, para  solicitar la liberación  de los defensores, y los jueces acatar la decisión de la Corte. Nos sorprende que las cosas no se den así”, dijo.

Recordemos que la Corte Suprema de Justicia notificó la resolución de dos recursos de amparos en favor de los 8 defensores de los ríos Guapinol y San Pedro de Tocoa, Colón, quienes han estado más de 30 meses en prisión de forma injusta y arbitraria. Además, 6 de los defensores fueron condenados el 09 de febrero por el Tribunal de Sentencia de Trujillo.

El primer recurso de amparo resuelto fue presentado por los abogados defensores el 12 de octubre del año 2020, porque se consideró que la jueza con jurisdicción nacional Lizeth Vallecillo, emitió un auto de formal procesamiento con medida de prisión ilegal contra los pobladores, a pesar que no era su competencia. En consecuencia, debería de obtenerse libertad inmediata para los 6 defensores condenados que aún guardan prisión en el centro penal de Olanchito, Yoro.

El segundo amparo resuelto, fue interpuesto el 07 de abril de 2021, contra una resolución de la Corte de Apelaciones, que ratificó el fallo de la jueza Zoé Guifarro, quien resolvió mantener la medida de prisión contra los defensores a pesar que no estaba motivada conforme a derecho, porque violaba el derecho a la tutela judicial que violenta el principio de inocencia de los procesados.

Hasta la fecha, ni la Fiscalía ni el Ministerio Público han acatado la resolución de la Corte Suprema de Justicia, argumentando que aún no reciben la notificación oficial físicamente,  justificación catalogada como absurda por el abogado Sánchez, porque el propio Poder Judicial  hizo públicas las resoluciones a través de sus redes sociales, el mismo día que resolvió los dos recursos de amparos. Los 6 defensores siguen bajo prisión ilegal.

El abogado considera que tanto la Corte como el Tribunal de Sentencia de Trujillo, han mostrado incapacidad jurídica que oportunamente ha beneficiado a la empresa minera Inversiones los Pinares. Explicó que es vergonzoso que la Corte haya resuelto dos recursos un día después de que los defensores recibieran un fallo condenatorio, cuando desde más de dos años la defensa y juristas internacionales vienen advirtiendo de claras violaciones a los derechos humanos y al debido proceso penal.

“Vemos una clara violación de derechos, porque cuando una persona está haciendo investigada no necesariamente tiene que estar en prisión. La regla de oro dice que los Estados deben investigar para detener y no detener para investigar.  Hay medidas distintas a la prisión que la jueza pudo haber dictado, pero ella ni siquiera se tomó el costo de verificar los argumentos de la defensa, no vio que no existía riesgo de fuga y que la gente ofreció pagar una fianza. Ella se dejó guiar por lo que dijo la Fiscalía”, explicó el abogado Camilo Sánchez.                                                                                    

Así mismo, hace un año el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas había conceptuado lo mismo que hoy reafirma la Corte. Había solicitado la puesta en libertad de los defensores que siguen sometidos a una medida de prisión arbitraria e injusta. “Por ende, se deben investigar las conductas de los jueces y fiscales que conocen el caso para deducir responsabilidades, porque permitieron esas violaciones”, apuntó.

El abogado finalizó recordando que las decisiones arbitrarias tomadas por los jueces y fiscales finalmente comprometen la responsabilidad internacional del Estado de Honduras, porque estas personas están actuando en nombre del Estado, y hay mucha jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos quien ha dicho que la detención arbitraria es un problema grave de los Estados en la región, que impiden la correcta aplicación de la justicia.



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